Pasaje Martir Olaya N° 129
Oficina 1506 – Miraflores
Calle Pablo Alas 308-310
San Juan de Miraflores

¡ATENCIÓN INFLUENCERS!

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¡Atención Influencers!
23 de Junio a las 04:52 pm

La SUNAT mediante el Informe No. 00044-2022-SUNAT/7T0000 ha concluido que califican como rentas de tercera categoría los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú por el desarrollo de actividades en su calidad de “influencers”, por las cuales obtienen pagos efectuados por:

? Los anunciantes.

? Las plataformas digitales.

? Sus seguidores en redes sociales.

? Monetizar el canal o plataforma digital.

Enlace: https://ww3.sunat.gob.pe/.../informe.../i044-2022-7T0000.pdf

Fecha de publicación: 21.06.2022

  • Informe No. 00044-2022-SUNAT/7T0000