Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000281-2022/SUNAT, publicada el 24 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial “El Peruano”, se han establecido las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2023. La Resolución entró en vigencia el día 25 de diciembre de 2022.